Año Jubilar

PENITENCIARÍA APOSTÓLICA

Prot. N. 1355/21/I

DECRETO


LA PENITENCIARÍA APOSTÓLICA, para aumentar la religiosidad de los fieles y la salvación de sus almas, en virtud a las facultades concedidas de modo especialísimo por el Santísimo Padre en Cristo y Señor Nuestro, por la Divina Providencia Papa Francisco, atendiendo la reciente petición del Excmo. Sr. D. Demetrio Fernández González, Obispo de Córdoba, y del presidente de la Cofradía llamada “Hermandad de Penitencia y Cofradía de Nazarenos de la Vía Sacra de Nuestro Padre Jesús del Calvario, Ntra. Sra. del Mayor Dolor y San Lorenzo Mártir”, con sede en Córdoba, en el tricentésimo aniversario de la misma cofradía, del celestial tesoro de la Iglesia, benignamente concede Indulgencia plenaria, bajo las condiciones acostumbradas (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice), que, desde el día 14 de marzo de 2022 al 18 de marzo de 2023, podrán lucrar y también aplicar en sufragio de las almas de los fieles retenidas en el Purgatorio, los hermanos y a aquellos fieles verdaderamente arrepentidos y movidos por la caridad, si peregrinan a la iglesia parroquial de San Lorenzo Mártir y allí participan devotamente en los ritos jubilares o al menos dedican un tiempo razonable a la meditación, concluyendo con el Padre Nuestro, el Credo e invocaciones de Jesucristo Crucificado, Santa María Virgen del Mayor Dolor y San Lorenzo Mártir.


Los ancianos, los enfermos y todos los que por una grave causa no pueden salir de casa, podrán igualmente lucrar la Indulgencia plenaria, detestando sinceramente cualquier pecado y con la intención de cumplir cuanto antes las tres condiciones acostumbradas, si se unen espiritualmente a las celebraciones jubilares con sus oraciones, ofreciendo a Dios misericordioso sus dolores y sufrimientos de la propia vida.


Para dar mayor facilidad al celo pastoral en conseguir estos favores de la gracia divina por medio del poder de las llaves de la Iglesia, esta Penitenciaría ruega encarecidamente que los sacerdotes, dotados de las oportunas facultades para oír confesiones, se dispongan con ánimo generoso a la celebración del sacramento de la Penitencia.


Este decreto solamente tiene validez para esta ocasión. Sin que nada obste ni pueda obrar en contra.


Dado en Roma, desde el Palacio de la Penitenciaría Apostólica, el día tres del mes de febrero del año del Señor 2022.


Mauro, Cardenal Piacenza

Penitenciario Mayor


Cristóbal Nykiel

Regente

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